Carta Argentina del Paisaje
El pasado jueves 28 de Abril se presento en la Universidad de Palermo la Carta Argentina del Paisaje .La misma , redactada conjuntamente entre la Maestría Paisaje, Medioambiente y Ciudad de la Facultad de Arquitectura de la Universidad Nacional de La Plata y la Red Argentina del Paisaje (RAP) indica la concreción de un objetivo que la RAP tuvo desde sus inicios: poner en valor la importancia del paisaje, alertar sobre su fragilidad y generar acciones en consecuencia, interesando en esta problemática a la diversidad de actores y formadores del paisaje. Éste es el gran y primer paso que trasciende nuestras organizaciones e instituciones, buscando el consenso y la pluralidad de ideas en la diversidad de todos los saberes, desde los académicos a los populares, desde los teóricos a los conocimientos generados por la experiencia. Entendiendo que, en palabras de Leff, la cultura está siendo revalorizada como un recurso para la sustentabilidad. Considerando a la sustentabilidad como una cuestión de SER y TIEMPO y no de economización de recursos. Se inicia ahora un nuevo camino donde debemos llevar al terreno de lo real los acuerdos asumidos. Pero en esta parte del camino somos más.
Ver texto Carta Argentina del Paisaje
Somos un grupo interdiciplinario de personas que trabajamos para protejer, gestionar y ordenar el paisaje platense.
10.5.11
4.11.10
3.11.10
Taller en Pinamar , a cargo de Juan P. Cano y Gabriela Vinocur
TALLER en PINAMAR
Construcción de CIUDADANÍA y protección de los derechos ambientales:
implementación de la ley y los instrumentos de participación ciudadana
Gabriela Vinocur
Juan Pedro Cano
5 de noviembre de 14:30 a 18 hs.
Hotel Libertador
Calle Jason esq. Shaw - Pinamar.
Informes e Inscripción
magistrados@_bertel.com.ar
insesjud-do@scba.gov.ar
.Teléfonos
(02245) 447662
.Inscripción gratuita
Se ruega puntualidad.
Se entregarán certificados de asistencia.
Construcción de CIUDADANÍA y protección de los derechos ambientales:
implementación de la ley y los instrumentos de participación ciudadana
Gabriela Vinocur
Juan Pedro Cano
5 de noviembre de 14:30 a 18 hs.
Hotel Libertador
Calle Jason esq. Shaw - Pinamar.
Informes e Inscripción
magistrados@_bertel.com.ar
insesjud-do@scba.gov.ar
.Teléfonos
(02245) 447662
.Inscripción gratuita
Se ruega puntualidad.
Se entregarán certificados de asistencia.
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Taller en Pinamar
6.10.10
Charla Cubiertas Verdes , 8 de Octubre del 2010
CUBIERTAS VERDES.
Una Cubierta verde, es un área de plantación establecida sobre una cubierta impermeable, separada del terreno natural por una estructura hecha por el hombre. Puede estar sobre, en, o debajo del nivel de piso. También se mencionan como Cubiertas naturadas, Roof Gardens, Green roofs o Grass roofs.
Las CV pueden mejorar la calidad de vida en las ciudades, disminuyendo algunos
efectos no deseados debidos a la densidad de construcción:, como:
Morigerar el efecto Isla de calor, compensar la disminución de terrenos permeables y
mejorar la calidad del aire, generar ámbitos para el sostenimiento de la biodiversidad y disminuir el consumo de energía en acondicionamiento de ambientes.
Tendencia Actual
El desarrollo masivo de las CV extensivas, la investigación y difusión de los beneficios de su implementación tuvo origen en Alemania, donde son fomentadas desde los gobiernos locales. La tendencia actual es:
• CV intensivas: Realización de verdaderos jardines sobre cubiertas, de alto mantenimiento, especialmente en empresas, shoppings y jardines de infantes.
• Combinación de CVE con energía solar, donde esta última se torna más efectiva.
• CV sustentables: Finalmente para el siglo XXI se aspira a que lo sean, y que además ofrezcan características tecnológicas, materiales reciclados y un uso adicional.
En los más diversos países, un marco legal, a menudo a nivel municipal, se las promueve. Ejemplos destacados son Japón, especialmente Tokio.
En América Latina es México quien lidera, donde ya se están construyendo en edificios públicos y se promueve en el sector privado mediante incentivos fiscales. En Chile hay un proyecto de ley para contrarrestar la contaminación ambiental, mediante las CV.
Marco legal en CABA
Desde el año 2003 contamos con un marco normativo internacional: Normas LEED, estándar reconocido para el diseño, construcción y operación de edificios de alto rendimiento, promoviendo un enfoque total de sustentabilidad en la construcción.
En el año 2005 los Arqs. Gilardi, Halac y el Ing. Rautenstrauch, ganaron el premio internacional Holcim con el “Proyecto Cubiertas Verdes para Buenos Aires” proponiendo una legislación exclusiva y reformas en el existente Código de Edificación y Régimen de Impuesto Inmobiliario. A mediados del mes de agosto del 2009, el Diputado Ingaramo presentó el Proyecto de Ley, en la Legislatura Porteña para la modificación e inclusión de CV en el Código de Edificación. Fue actualizada el 06/08/2010.
Componentes básicos del sistema:
Estructura del techo – Capa impermeable – Membrana antirraíz (en estas dos últimas hacen especial hincapié todas las normas técnicas) – Capa aislante (puede o no estar) – Capa de drenaje, aireación y almacenamiento de agua (esta última, a veces, según el tipo de CV) – Sustrato de crecimiento (anclaje y soporte de las plantas, suministrándoles aire, agua y nutrientes) – Capa de vegetación (para CVE, se restringe la cantidad de especies por estar sometidas a condiciones más extremas respecto de las CVI).
Síntesis:
La CV se integra a un sistema complejo, constituido por el entorno natural, el contexto construido y el sistema social. La construcción ecológica, de la que conceptualmente forma parte, es una respuesta posible a las disfunciones surgidas entre los mismos. Por lo tanto requiere, desde su concepción, un enfoque interdisciplinario. La respuesta adecuada en cada situación concreta, depende del trabajo conjunto de diferentes especialistas.
Una Cubierta verde, es un área de plantación establecida sobre una cubierta impermeable, separada del terreno natural por una estructura hecha por el hombre. Puede estar sobre, en, o debajo del nivel de piso. También se mencionan como Cubiertas naturadas, Roof Gardens, Green roofs o Grass roofs.
Las CV pueden mejorar la calidad de vida en las ciudades, disminuyendo algunos
efectos no deseados debidos a la densidad de construcción:, como:
Morigerar el efecto Isla de calor, compensar la disminución de terrenos permeables y
mejorar la calidad del aire, generar ámbitos para el sostenimiento de la biodiversidad y disminuir el consumo de energía en acondicionamiento de ambientes.
Tendencia Actual
El desarrollo masivo de las CV extensivas, la investigación y difusión de los beneficios de su implementación tuvo origen en Alemania, donde son fomentadas desde los gobiernos locales. La tendencia actual es:
• CV intensivas: Realización de verdaderos jardines sobre cubiertas, de alto mantenimiento, especialmente en empresas, shoppings y jardines de infantes.
• Combinación de CVE con energía solar, donde esta última se torna más efectiva.
• CV sustentables: Finalmente para el siglo XXI se aspira a que lo sean, y que además ofrezcan características tecnológicas, materiales reciclados y un uso adicional.
En los más diversos países, un marco legal, a menudo a nivel municipal, se las promueve. Ejemplos destacados son Japón, especialmente Tokio.
En América Latina es México quien lidera, donde ya se están construyendo en edificios públicos y se promueve en el sector privado mediante incentivos fiscales. En Chile hay un proyecto de ley para contrarrestar la contaminación ambiental, mediante las CV.
Marco legal en CABA
Desde el año 2003 contamos con un marco normativo internacional: Normas LEED, estándar reconocido para el diseño, construcción y operación de edificios de alto rendimiento, promoviendo un enfoque total de sustentabilidad en la construcción.
En el año 2005 los Arqs. Gilardi, Halac y el Ing. Rautenstrauch, ganaron el premio internacional Holcim con el “Proyecto Cubiertas Verdes para Buenos Aires” proponiendo una legislación exclusiva y reformas en el existente Código de Edificación y Régimen de Impuesto Inmobiliario. A mediados del mes de agosto del 2009, el Diputado Ingaramo presentó el Proyecto de Ley, en la Legislatura Porteña para la modificación e inclusión de CV en el Código de Edificación. Fue actualizada el 06/08/2010.
Componentes básicos del sistema:
Estructura del techo – Capa impermeable – Membrana antirraíz (en estas dos últimas hacen especial hincapié todas las normas técnicas) – Capa aislante (puede o no estar) – Capa de drenaje, aireación y almacenamiento de agua (esta última, a veces, según el tipo de CV) – Sustrato de crecimiento (anclaje y soporte de las plantas, suministrándoles aire, agua y nutrientes) – Capa de vegetación (para CVE, se restringe la cantidad de especies por estar sometidas a condiciones más extremas respecto de las CVI).
Síntesis:
La CV se integra a un sistema complejo, constituido por el entorno natural, el contexto construido y el sistema social. La construcción ecológica, de la que conceptualmente forma parte, es una respuesta posible a las disfunciones surgidas entre los mismos. Por lo tanto requiere, desde su concepción, un enfoque interdisciplinario. La respuesta adecuada en cada situación concreta, depende del trabajo conjunto de diferentes especialistas.
Taller de Normas , a cargo de Susana Mulvany
Taller de análisis de fortalezas y debilidades de normas de paisajes protegidos de la Provincia de Buenos Aires y su relación con la norma de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo y con la Ley de Ambiente, ambas de la Provincia referida
La Plata, sábado 4 de septiembre de 10 a 16 horas
Lugar a confirmar
Ley N° 12.704/01. Paisaje Protegido o Espacio Verde de Interés Provincial
(Sanción: 17-05-01. Promulgación: 20-06-01. Publicación: 28-06-01).
Síntesis: Aquellas áreas naturales o antropizadas con valor escénico, científico, sociocultural, ecológico u otros, conformadas por elementos de la fauna y la flora autóctona y/o exótica pueden ser declarados “paisajes protegidos”, y aquellas áreas urbanas o periurbanas forestadas o no, con fines ambientales, recreativos, educativos, ecoturísticos o urbanísticos pueden ser declarados “espacios verdes”. Ambas declaraciones previamente deben contar con un estudio ambiental que justifique tal declaración. Estas áreas si bien son declaradas de interés por ley provincial, el ámbito de aplicación son los municipios donde se encuentran y gozan de su protección, conservación, control y fiscalización y planes de manejo.
Leyes de Paisajes Protegidos declarados de Interés Provincial
Ley N° 12.099/98. Declarando de Interés Provincial el Paisaje Protegido y el desarrollo ecoturístico de la localidad Parque Cariló (Pinamar).
(Sanción: 02-04-98. Promulgación: 24-04-98. Publicación: 05-05-98).
Decreto N° 1.114/98 de promulgación. Observa el Artículo 2°. (Dictado: 24-04-98).
Ley N° 12.247/98. Declarando Paisaje Protegido de Interés Provincial la Cuenca del Arroyo El Pescado (La Plata, Berisso).
(Sanción: 10-12-98. Promulgación: 14-01-99. Publicación: 21-01-99).
Decreto N° 20/99 de promulgación. Observa el Artículo 5°. Comisión de Ecología, Medio Ambiente y Desarrollo Humano. HCS. Digesto de Legislación Ambiental 54.
Ley N° 12.290/99. Declarando Paisaje Protegido de Interés Provincial a la zona denominada Barrio Suhr Horeis (General San Martín). (Sanción: 20-04-99. Promulgación: 05-05-99. Publicación: 17-05-99).
Decreto N° 1.151/99 de promulgación. Observa el Artículo 2° y 6°. (Dictada: 05-05-90).
Ley N° 12.707/01. Declarando Paisaje Protegido de Interés Provincial a la Cuenca del Río Quequén-Salado, sus afluentes Arroyos Indio Rico y Pillahuincó, y a la Villa Balnearia Marisol (González Chaves y Coronel Pringles).
(Sanción: 17-05-01. Promulgación: 20-06-01. Publicación: 28-06-01).
Ley N° 12.756/01. Declarando Paisaje Protegido de Interés Provincial para el desarrollo ecoturístico al Monte Ribereño de la Isla Paulino y a la Isla Santiago (Ensenada y Berisso).
(Sanción: 06-09-01. Promulgación: 28-09-01. Publicación: 05-10-01).
Ley N° 13.593/06. Declarando Paisaje Protegido de Interés Provincial el área denominada “Reserva Parque -Paseo del Bosque-“.
(Sanción: 22-11-06. Promulgación: 14-12-06. Publicación: 17-01-07) Decreto N° 3.405/06. Decreto de promulgación. Observa el Artículo 8°. (Promulgado: 14-12-06. Publicación: 17-01-07) Modificaciones Ley N° 13.835. Deroga los Artículos 6°, 7°, 8°, 11° y 12° de la Ley N° 13.593. (Sanción: 11-06-08. Promulgación: 07-07-08. Publicación: 18-07-08).
LEY Nº 141267/10. "PAISAJE PROTEGIDO DE INTERÉS PROVINCIAL" DE CONFORMIDAD A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA LEY 12.704, AL ÁREA DEL PARTIDO DE TANDIL DENOMINADA "LA POLIGONAL".
…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
Ley N°11723/95. Protección, Conservación, Mejoramiento y Restauración de los Recursos Naturales y del Ambiente en General en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.
Decreto Ley N°8912/77. Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo de la Provincia de Buenos Aires.
La Plata, sábado 4 de septiembre de 10 a 16 horas
Lugar a confirmar
Ley N° 12.704/01. Paisaje Protegido o Espacio Verde de Interés Provincial
(Sanción: 17-05-01. Promulgación: 20-06-01. Publicación: 28-06-01).
Síntesis: Aquellas áreas naturales o antropizadas con valor escénico, científico, sociocultural, ecológico u otros, conformadas por elementos de la fauna y la flora autóctona y/o exótica pueden ser declarados “paisajes protegidos”, y aquellas áreas urbanas o periurbanas forestadas o no, con fines ambientales, recreativos, educativos, ecoturísticos o urbanísticos pueden ser declarados “espacios verdes”. Ambas declaraciones previamente deben contar con un estudio ambiental que justifique tal declaración. Estas áreas si bien son declaradas de interés por ley provincial, el ámbito de aplicación son los municipios donde se encuentran y gozan de su protección, conservación, control y fiscalización y planes de manejo.
Leyes de Paisajes Protegidos declarados de Interés Provincial
Ley N° 12.099/98. Declarando de Interés Provincial el Paisaje Protegido y el desarrollo ecoturístico de la localidad Parque Cariló (Pinamar).
(Sanción: 02-04-98. Promulgación: 24-04-98. Publicación: 05-05-98).
Decreto N° 1.114/98 de promulgación. Observa el Artículo 2°. (Dictado: 24-04-98).
Ley N° 12.247/98. Declarando Paisaje Protegido de Interés Provincial la Cuenca del Arroyo El Pescado (La Plata, Berisso).
(Sanción: 10-12-98. Promulgación: 14-01-99. Publicación: 21-01-99).
Decreto N° 20/99 de promulgación. Observa el Artículo 5°. Comisión de Ecología, Medio Ambiente y Desarrollo Humano. HCS. Digesto de Legislación Ambiental 54.
Ley N° 12.290/99. Declarando Paisaje Protegido de Interés Provincial a la zona denominada Barrio Suhr Horeis (General San Martín). (Sanción: 20-04-99. Promulgación: 05-05-99. Publicación: 17-05-99).
Decreto N° 1.151/99 de promulgación. Observa el Artículo 2° y 6°. (Dictada: 05-05-90).
Ley N° 12.707/01. Declarando Paisaje Protegido de Interés Provincial a la Cuenca del Río Quequén-Salado, sus afluentes Arroyos Indio Rico y Pillahuincó, y a la Villa Balnearia Marisol (González Chaves y Coronel Pringles).
(Sanción: 17-05-01. Promulgación: 20-06-01. Publicación: 28-06-01).
Ley N° 12.756/01. Declarando Paisaje Protegido de Interés Provincial para el desarrollo ecoturístico al Monte Ribereño de la Isla Paulino y a la Isla Santiago (Ensenada y Berisso).
(Sanción: 06-09-01. Promulgación: 28-09-01. Publicación: 05-10-01).
Ley N° 13.593/06. Declarando Paisaje Protegido de Interés Provincial el área denominada “Reserva Parque -Paseo del Bosque-“.
(Sanción: 22-11-06. Promulgación: 14-12-06. Publicación: 17-01-07) Decreto N° 3.405/06. Decreto de promulgación. Observa el Artículo 8°. (Promulgado: 14-12-06. Publicación: 17-01-07) Modificaciones Ley N° 13.835. Deroga los Artículos 6°, 7°, 8°, 11° y 12° de la Ley N° 13.593. (Sanción: 11-06-08. Promulgación: 07-07-08. Publicación: 18-07-08).
LEY Nº 141267/10. "PAISAJE PROTEGIDO DE INTERÉS PROVINCIAL" DE CONFORMIDAD A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA LEY 12.704, AL ÁREA DEL PARTIDO DE TANDIL DENOMINADA "LA POLIGONAL".
…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
Ley N°11723/95. Protección, Conservación, Mejoramiento y Restauración de los Recursos Naturales y del Ambiente en General en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.
Decreto Ley N°8912/77. Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo de la Provincia de Buenos Aires.
21.8.10
Conceptos Generales de Ordenamiento Territorial
CONCEPTOS GENERALES DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL- Susana Mulvany
Se presentaron definiciones conceptuales en cuanto a territorio, ordenamiento territorial (OT)y ordenamiento ambiental territorial (OAT), marco conceptual de desarrollo sustentable (componente ecológico: uso y conservación de los recursos naturales, económico; distribución de la riqueza y social: justicia y equitatividad). Necesidad de identificar el cuerpo social como beneficiario final. El OAT como componente fundamental, ineludible e indisociable del OT ya que atiende la estructura, funciones y dinámica de los ecosistemas. Propuesta de la Red Argentina del Paisaje de construir un ámbito denominado Observatorio del Paisaje, como lugar de encuentro, construcción y acción multiactoral democrática. Tendencias demográficas en el mundo y en América Latina: proyecciones realizadas en 1995 por la CEPAL: la población urbana que representaba el 57,2% del total en 1970, alcanza en 1995 el 73.4%, y se proyecta que llegará a 85% en el 2025 (CEPAL, 1995). El Estado como agente regulador y productor de procesos de planificación estratégica, repercusión de las políticas económicas mundiales y del debilitamiento histórico del rol del Estado: conflictos de usos. Urbanización de la pobreza y polarización. Conceptos de termodinámica, análisis y diferencias entre sistemas aislados y abiertos. Primer principio de la termodinámica: transformación de energía. La organización de la vida como sistema abierto. Explicación de la fotosíntesis, su importancia, etapas, organización de la célula, procesos químicos y biológicos. Segundo principio de la termodinámica, la entropía como medida del desorden y del estado de mayor probabilidad. Su relación con los procesos de los ecosistemas, que se suceden históricamente, y que son irreversibles. Generación de alimentos, fuentes de energía orgánica y problemas de combustión. Relación entre la época de formulación de los principios de la termodinámica y de la teoría de la evolución iniciada por Lamarck: su pensamiento transformista. Haeckel y el surgimiento de la ecología. Inicios de pensamiento ambientalista y de las primeras ramas de la ecología. Enfoques actuales de ecosistemas basados en la Teoría General de Sistemas, la Teoría de la Comunicación de Shannon y Weaver (Weaver, 1972) y los conceptos sobre Cibernética de Wiener (1975). Distinción fundamental entre la noción de sistema ecológico (abierto) y sistema termodinámico (cerrado). Versión disociada y errónea: ecosistemas naturales y humanos como disociados uno del otro. Unidad sociedad-entorno: enfoque ecosistémico, unidad mínima de supervivencia. Superar la idea de "dimensión ambiental", por lo común considerada como un todo, para establecerla como emergente de la relación sociedad-naturaleza. Ejemplos de la agricultura industrial. Agua virtual: total de agua utilizada durante el proceso de producción agrícola: estimación del 15 % del agua utilizada en el mundo, destinada a la exportación. El comercio del agua virtual generador de un importante ahorro de agua en los países importadores y un posible deterioro en los exportadores. Externalidades vinculadas: intrusión salina, salinización, pérdida de estructura del suelo, lavado de nutrientes, contaminación. Robustez, renovación limitada de los ecosistemas, mantenimiento de la adaptación como condición de su continuidad. Estados superiores de desarrollo social y cultural. Economía ecológica. Normativa relacionada con el ordenamiento ambiental territorial, clasificación del uso del suelo. Mecanismos de aprobación de uso del suelo. Ejemplos de intervenciones no sustentables,con fragmentación e insularización del territorio, simplificación del paisaje y ocupación de humedales, consecuencias: pérdidas de bienes y servicios que ofrecen a la sociedad. Importancia de pensar y actuar estratégicamente, con visión multidimensional.Lic.Susana Mulvany
Se presentaron definiciones conceptuales en cuanto a territorio, ordenamiento territorial (OT)y ordenamiento ambiental territorial (OAT), marco conceptual de desarrollo sustentable (componente ecológico: uso y conservación de los recursos naturales, económico; distribución de la riqueza y social: justicia y equitatividad). Necesidad de identificar el cuerpo social como beneficiario final. El OAT como componente fundamental, ineludible e indisociable del OT ya que atiende la estructura, funciones y dinámica de los ecosistemas. Propuesta de la Red Argentina del Paisaje de construir un ámbito denominado Observatorio del Paisaje, como lugar de encuentro, construcción y acción multiactoral democrática. Tendencias demográficas en el mundo y en América Latina: proyecciones realizadas en 1995 por la CEPAL: la población urbana que representaba el 57,2% del total en 1970, alcanza en 1995 el 73.4%, y se proyecta que llegará a 85% en el 2025 (CEPAL, 1995). El Estado como agente regulador y productor de procesos de planificación estratégica, repercusión de las políticas económicas mundiales y del debilitamiento histórico del rol del Estado: conflictos de usos. Urbanización de la pobreza y polarización. Conceptos de termodinámica, análisis y diferencias entre sistemas aislados y abiertos. Primer principio de la termodinámica: transformación de energía. La organización de la vida como sistema abierto. Explicación de la fotosíntesis, su importancia, etapas, organización de la célula, procesos químicos y biológicos. Segundo principio de la termodinámica, la entropía como medida del desorden y del estado de mayor probabilidad. Su relación con los procesos de los ecosistemas, que se suceden históricamente, y que son irreversibles. Generación de alimentos, fuentes de energía orgánica y problemas de combustión. Relación entre la época de formulación de los principios de la termodinámica y de la teoría de la evolución iniciada por Lamarck: su pensamiento transformista. Haeckel y el surgimiento de la ecología. Inicios de pensamiento ambientalista y de las primeras ramas de la ecología. Enfoques actuales de ecosistemas basados en la Teoría General de Sistemas, la Teoría de la Comunicación de Shannon y Weaver (Weaver, 1972) y los conceptos sobre Cibernética de Wiener (1975). Distinción fundamental entre la noción de sistema ecológico (abierto) y sistema termodinámico (cerrado). Versión disociada y errónea: ecosistemas naturales y humanos como disociados uno del otro. Unidad sociedad-entorno: enfoque ecosistémico, unidad mínima de supervivencia. Superar la idea de "dimensión ambiental", por lo común considerada como un todo, para establecerla como emergente de la relación sociedad-naturaleza. Ejemplos de la agricultura industrial. Agua virtual: total de agua utilizada durante el proceso de producción agrícola: estimación del 15 % del agua utilizada en el mundo, destinada a la exportación. El comercio del agua virtual generador de un importante ahorro de agua en los países importadores y un posible deterioro en los exportadores. Externalidades vinculadas: intrusión salina, salinización, pérdida de estructura del suelo, lavado de nutrientes, contaminación. Robustez, renovación limitada de los ecosistemas, mantenimiento de la adaptación como condición de su continuidad. Estados superiores de desarrollo social y cultural. Economía ecológica. Normativa relacionada con el ordenamiento ambiental territorial, clasificación del uso del suelo. Mecanismos de aprobación de uso del suelo. Ejemplos de intervenciones no sustentables,con fragmentación e insularización del territorio, simplificación del paisaje y ocupación de humedales, consecuencias: pérdidas de bienes y servicios que ofrecen a la sociedad. Importancia de pensar y actuar estratégicamente, con visión multidimensional.Lic.Susana Mulvany
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